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Espacio SMAC
Conciliación previa a las reclamaciones de índole laboral.
La Conciliación Previa en el SMAC viene impuesta por la Ley reguladora de la Jurisdicción Social y persigue alcanzar un acuerdo entre empresarios y trabajadores ante las reclamaciones de índole laboral, con el fin de evitar el pleito, siempre como requisito previo al procedimiento judicial.
- LAS INSTALACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO PERMANECERÁN CERRADAS HASTA NUEVO AVISO POR INCIDENCIAS AJENAS A SU VOLUNTADRogamos disculpen las molestias.
Registro y SMAC continuará prestando servicio presencial en la Calle Ventura Rodriguez, 7 con cita previa en los siguientes términos:
Desde el 23 de diciembre y hasta el 7 de enero de 2025, ambos inclusive, el SMAC no va a citar actos de conciliación para reclamaciones de cantidad, derechos y cantidad y derechos, por lo que emitirá el correspondiente certificado.
Para las indicadas reclamaciones, si hubiera posibilidad de tener un acuerdo, se podrá hacer uso del servicio de adelantamiento con acuerdo.
REGISTRO
1 TELEMÁTICAMENTE a través de la OFICINA VIRTUAL SMAC, a la que podrá acceder a través del siguiente enlace.
Presentación de la papeleta de conciliación, Oficina virtual SMAC
Cómo tramitar la papeleta por la oficina virtual (784.52 KB)
2. PRESENCIALMENTE, en el Registro del IRSST en C/ Ventura Rodríguez, 7, 2ª planta.
La solicitud de cita previa, se puede realizar en el siguiente enlace, seleccionando Oficina de Registro:
1. 20 Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Oficina 360) y
2. IRSST (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo)
https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/OFIREG
REPRESENTACIONES
El otorgamiento de representación para expedientes con número de SMAC, (apoderamiento apud acta) se realizará de forma presencial en C/Ventura Rodriguez, 7, 2ª planta.
https://gestiona3.madrid.org/CTAC_CITA/cita_informacion-laboral
INFORMACIÓN LABORAL
Este servicio se presta presencialmente en la C/Ventura Rodriguez, 7, 2ª planta.
Solicite cita previa a través del siguiente enlace:
https://gestiona3.madrid.org/CTAC_CITA/cita_informacion-laboral
ACTOS DE CONCILIACIÓN PARA RECLAMACIONES DE DESPIDO Y DESPIDO Y CANTIDAD. A partir del jueves 12 de diciembre se celebrarán actos de conciliación para reclamaciones de despido y despido y cantidad, con y sin acuerdo:
- Los actos de conciliación SIN ACUERDO se realizarán de forma presencial en C/Ventura Rodriguez, 7, 5ª planta.
-Los actos de conciliación CON ACUERDO se realizarán de forma presencial en C/Ventura Rodriguez, 7, 6ª planta.
ACTOS DE CONCILIACIÓN CON ACUERDO TODO TIPO DE RECLAMACIONES se realizará de forma presencial en C/Ventura Rodriguez, 7, 6ª planta.
Únicamente se van a celebrar los acuerdos en el día y a la hora que se tuviera citado el acto de conciliación.
Si no ha podido celebrar el acuerdo el día y hora de su cita y tiene acuerdo, en cualquier momento anterior a la presentación de la demanda, podrá solicitar cita para celebrar el acto de conciliación con acuerdo mediante solicitud remitida al correo electrónico gestioncitassmac@madrid.org e indicando el número de expediente, en función de la disponibilidad del servicio.
El acceso a este servicio implica que el solicitante asume el compromiso de avisar a la otra parte.
Si llegado el día de la conciliación una de las partes no comparece o las partes no llegan a un acuerdo, NO SE CELEBRARÁ EL ACTO DE CONCILIACIÓN (excepto reclamaciones de despido y despido y cantidad, que serán celebrados).
CERTIFICADOS
Si estaba citado para un acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la Comunidad de Madrid y éste no se ha podido celebrar con ocasión del cierre de las instalaciones podrá solicitar un Certificado de finalización del procedimiento en el SMAC dando cumplimiento a la obligación de intento de solución del conflicto antes de acudir a la vía judicial:
- a través del buzón gestioncitassmac@madrid.org si presentó la papeleta de forma presencial indicando el número de expediente.
- a través de la oficina virtual si la presentó la papeleta de forma telemática, siguiendo los pasos siguientes:
1. Para poder descargar el certificado los ciudadanos que no han podido realizar la conciliación desde el 29 de noviembre, desde el apartado de SMAC, opción Historial de expedientes:
2. Visualizan la papeleta presentada y en el tercer botón permitirá descargar el certificado:
Preguntas frecuentes
Documentación necesaria para el día de la conciliación
Es IMPORTANTE, que tenga en cuenta las pautas y/o indicaciones para la celebración de los actos de conciliación. Para más información ver el apartado Preguntas frecuentes
Asimismo sea puntual. Si llega después de celebrada la conciliación y levantada el acta, perderá la posibilidad de hacer efectivo su derecho, en el caso de que no haya plazo para presentar otra nueva solicitud de conciliación.
- Personas físicas:
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Provistas de documento original de identificación (Documento Nacional de Identidad [D.N.I.], Pasaporte, Permiso de Residencia, Permiso de Trabajo, Permiso de Conducir)
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Si se trata de menores de edad no emancipados, deberán asistir acompañados de su representante legal que aportará, también, su documento original de identificación.
- Personas jurídicas: Documento original de identificación y escritura o poder notarial original.
Puede otorgar un poder notarial, o bien una representación ante cualquier unidad administrativa de Mediación, Arbitraje y Conciliación de España, para lo cual deberá comparecer personalmente con:
- Documento de identificación original
- Papeleta de conciliación registrada
- Cédula de citación
- Nombre y apellidos de la persona que lo representará el día de la conciliación.
- Si es una persona jurídica, el representante de la empresa que acuda para otorgar la representación comparecerá con la escritura o poder notarial original, que deberá tener la facultad de "sustitución" del mismo.
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Si hay acuerdo en el S.M.A.C.
El acta de conciliación con avenencia en la que conste un acuerdo económico, cuando no se cumpla por parte de la empresa, constituye un título suficiente para pedir directamente la ejecución de ese acuerdo ante el Juzgado de lo Social, en los mismos términos que se ejecutan las sentencias.
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Si no se consigue el acuerdo en el S.M.A.C. o no comparece alguno de los interesados
La solicitud de conciliación permite acceder al procedimiento judicial presentando la correspondiente demanda en el juzgado de lo social a la que se unirá certificación del Acta de Conciliación.
Asistencia jurídica gratuita
Los trabajadores podrán solicitar asistencia jurídica gratuita para el procedimiento judicial.
Cuando la presentación de la solicitud del reconocimiento del derecho a la asistencia gratuita se realice antes de iniciar el proceso judicial, y la acción pudiera resultar perjudicada por el transcurso de los plazos de caducidad o prescripción, ésta quedará interrumpida hasta la designación de abogado de oficio, conforme al artículo 16.2 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.
Consulte toda la información en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/servicios/justicia/asistencia-juridica-gratuita
Calculadora de indemnizaciones laborales
El CGPJ pone a disposición de los ciudadanos una herramienta informática para facilitar el cálculo del importe de las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo.
Normativa
Información de interés
Servicio de Información laboral
Estadística de Mediación Arbitraje y Conciliación del Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fundación Instituto Regional de Mediación y Arbitraje de la Comunidad de Madrid (IRMA-FSP)