Dirección de Área Territorial de Madrid-Norte
Avda. Valencia, s/n
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* Decreto 28/2024, de 24 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. (BOCM nº 98 de 25 de abril de 2024)
* Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. (BOCM nº 244 de 13 de octubre)
* Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 159 de 6 de Julio)
* Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (B.O.C.M.nº 150 de 26 de Junio)
- Velar por el cumplimiento de las leyes y disposiciones legales en lo que se refiere a las competencias atribuidas al Ministerio de Educación y Cultura.
- Representar al Director Provincial.
- Ejercer la superior dirección de los servicios dependientes de la Subdirección Territorial y facilitar la coordinación con las otras Subdirecciones Territoriales y con la Unidad de Apoyo.
- Conocer y canalizar cuantas órdenes e instrucciones emanadas de los Servicios Centrales, Entidades y Organismos autónomos del Ministerio, y Director Provincial, hayan de cumplirse y observarse por la Subdirección Territorial.
- Impulsar el desarrollo y ejecución de la política del Ministerio para el logro de los objetivos establecidos en la misma.
- Conocer, y en su caso, autorizar las actividades que se desarrollen en los Centros, Servicios o establecimientos del Departamento cuando sean promovidas por particulares y Organismos no dependientes del mismo.
- Elevar al Director Provincial la Memoria anual de actividades de la Subdirección Territorial.
- Cualquier otra que le sea asignada por el Director Provincial.
- Gestión y tramitación de las nóminas, seguridad social y mutualidades del personal docente no universitario y del personal laboral y funcionario no docente adscrito a los centros docentes, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Hacienda y de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.