Beneficios Aplicables a las Familias Numerosas
Estos son algunos de los beneficios que se pueden acoger las Familias Numerosas.
Protección en materia tributaria
Deducciones autonómicas
Deducción de 900€ para el tercero y siguientes. (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Se aplicará a los contribuyentes cuya renta familiar sea inferior al resultado de multiplicar el número de miembros de la unidad familiar por 30.000 €.
Se establecen tres porcentajes de deducción diferentes:
- 15% de los gastos de escolaridad durante las etapas de Enseñanza Obligatoria y el segundo ciclo de Educación Infantil; y la etapa de Formación Profesional Básica.
- 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar durante las mismas etapas.
- 10% de los gastos de enseñanza en idiomas.
La deducción máxima por descendiente es de 400 € con carácter general y se incrementa hasta los 900 € en caso de soportar gastos de escolaridad, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En 1.200 € anuales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (sustituible por la percepción de un importe mensual de 100 €), Esta deducción es de 2400 € anuales para las familias numerosas de categoría especial.
En cuantías autonómicas
Corresponde al tercer y siguientes descendientes del contribuyente. Incremento de la cuantía de los mínimos personales y familiares aplicable en el IRPF para el cálculo de la cuota íntegra autonómica. Incremento en un 10 % de las cuantías aplicables.
Pagarán la mitad de la cuota autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas durante 3 años o quedarán exentas en el caso de las de carácter especial.
Dedución del 4% frente al 6% vigente en la actualidad, para la adquisición de vivienda habitual por parte de las familias numerosas.
Bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles. (Ayuntamiento correspondiente).
Materias donde pueden obtener beneficios
- Beneficios en el abono transporte de la Comunidad de Madrid descuento del 20% (categoría general) o del 50% (categoría especial).
- Bonificación por la utilización de líneas regulares de transporte marítimo, aéreo nacional y ferroviario según categorías.
La exoneración del pago para familias numerosas de categoría especial y bonificación del 50 por 100 en las de categoría general, en los precios públicos por diversos servicios y actividades en los centros públicos; además de valoración en los criterios de admisión en centros docentes públicos y en la baremación de solicitudes de becas y ayudas.
Descuentos y tarifas especiales a familias numerosas en instalaciones deportivas (depende de los Ayuntamientos respectivos, no todos los aplican).
Algunos Beneficios Sociales
Deducciones en las matriculaciones del vehículo familiar.
Por la contratación de cuidadores en familias numerosas. Real Decreto-Ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
Acuerdos privados en su caso.
Según potencia contratada. (Compañía eléctrica correspondiente).